jueves, 20 de diciembre de 2007

PARA PROTEGER LA DIVERSIDAD CULTURAL

La norma surge de la Conferencia de ONU para la Educacion, la Ciencia y la Cultura de 2005
Promulgan Ley sobre Convención sobre la Protección de la Diversidad Cultural
El Poder Ejecutivo promulgó la ley referida a la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, adoptada en Francia hace dos años, publicó hoy el Boletín Oficial.
La ley 26.305, sancionada en noviembre de este año y promulgada el 17 de diciembre último, aprueba la Convención que surgió de la Conferencia General de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura celebrada en París en octubre del 2005.
La Convención afirma que "la diversidad cultural es una característica esencial de la humanidad", y sostiene que las distintas expresiones culturales de las comunidades, los pueblos y las naciones, son uno de sus principales motores del desarrollo sostenible.
En este contexto, plantea la necesidad de adoptar medidas para proteger esta diversidad, y "especialmente en situaciones en las que las expresiones culturales pueden correr peligro de extinción o de grave menoscabo".
La Convención define a la diversidad cultural como la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y las sociedades.
Su contenido se refiere "al sentido simbólico, la dimensión artística y los valores culturales que emanan de las identidades culturales o las expresan".
Asimismo, plantea la adopción de medidas encaminadas a su preservación, salvaguarda y enriquecimiento a través de políticas relativas a la cultura tanto locales, como nacionales, regionales o internacionales.
La Convención establece los derechos y obligaciones de las partes "de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, los principios del derecho internacional y los instrumentos de derechos humanos universalmente reconocidos".
En este marco, las autoridades respectivas definirán medidas reglamentarias de aliento a distintas organizaciones, de asistencia financiera pública, de promoción, protección e intercambio de las expresiones.
El acuerdo internacional plantea asimismo un trato preferente hacia los artistas y otros profesionales de la cultura de los países periféricos, así como sus obras y servicios culturales.
La Convención acude también a la necesidad de la cooperación internacional en situaciones de grave peligro para las expresiones culturales.
Página12

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