lunes, 18 de enero de 2010

FEMINICIDIO UN TÉRMINO EN CUESTIÓN...

Debaten sobre el trato legal y el término ‘feminicidio’

Martín Orquiz
El Diario

Académicos, jueces y representantes del Alto Comisionado de las Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos, afirmaron ayer que es necesaria la tipificación de los homicidios en contra de mujeres y que los asesinos sean sentenciados a una reparación del daño con perspectiva de género, porque de lo contrario las víctimas y sus familiares no recibirán una justicia completa.
También se discutió si los asesinatos cometidos en contra de personas del sexo femenino deben ser calificados como feminicidios o femicidios, términos que deben encuadrar e incluir hechos de violencia generados en un contexto de discriminación y violencia en contra de ese sector de la población.
La controversia generada por estos conceptos se ventiló en la presentación de los libros “Feminicidio” de Patsilí Toledo Vásquez, y “Reparaciones con Perspectiva de Género” de Julie Guillerot, textos que exploran la discusión acerca del tratamiento que el Estado debe dar a los asesinatos de mujeres.
Alberto Brunori, representante en México de la Alta Comisionada en México de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, declaró durante la presentación de los libros que esa oficina tiene el compromiso de promover la protección y la defensa las garantías de las mujeres.
Indicó que el texto “Feminicidio” tiene como objetivo contribuir a la discusión en torno a ese concepto y valorar la pertinencia de su tipificación, teniendo como referencia el marco internacional de los derechos humanos.
Pretende también dar respuesta a las demandas de las organizaciones de la sociedad civil, de los académicos y de los servidores públicos interesados en el tema brindando elementos que permitan tomar decisiones y definir estrategias a la luz de los estándares internacionales de los derechos humanos.
Por su parte, “Reparación con Perspectiva de Género” pretende alcanzar uno de los principales desafíos que enfrentan las mujeres violentadas en sus derechos humanos: la obtención de medidas reparatorias sensibles a su condición de género, dijo.
Añadió que si bien es cierto que el énfasis de toda la actividad a favor de los derechos humanos debe encaminarse a la prevención y a favorecer el cumplimiento por parte de los Estados de la obligación que tienen de respetarlos, la misma debe desatar una serie de respuestas institucionales encaminadas a las víctimas de acuerdo a su condición sexo-genética.
Por su parte, Imelda Marrufo, integrante de la Mesa para Mujeres y del Observatorio Nacional Femenino, mencionó que el libro “Feminicidio” en su parte central aborda las ventajas, desventajas o controversias la tipificación de los homicidios de mujeres como un delito.
En ese texto Toledo Vásquez concluye que para hacer una evaluación sobre cualquier tipo de iniciativa jurídica, especialmente si se busca incorporar consideraciones de género para abordar formas de discriminación y violencia que afectan a las mujeres, es necesario considerar las particularidades de la realidad social y jurídica en que cada legislación o iniciativa se inserta.
Agrega que aunque el enfoque regional del documento impide apreciar a cabalidad las particularidades, el análisis que se presenta permite arribar a ciertas conclusiones generales en torno a los procesos de tipificación del delito del homicidio femenino.
Mientras, Guillerot afirma en el libro “Reparaciones con Perspectiva de Género”, que esta visión permite una mejor protección de los derechos de las personas, por lo que resulta fundamental considerar esta aproximación al momento de establecer las medidas de reparación que corresponden a las víctimas de violaciones de los derechos humanos.

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